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Es imprescindible que actualices tu programa a la última versión para garantizar el cumplimiento del nuevo marco legal (Ley 11/2021)

Enlace BOE (artículo 29, apartado 2, letra J)



Introducción :

La Ley 11/2021 de Medidas y prevención contra el fraude fiscal, entre otras disposiciones, modifica la Ley General Tributaria, que en el artículo 29, apartado 2 la letra J, que indica: «La obligación, por parte de los productores, comercializadores y usuarios, de que los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión de quienes desarrollen actividades económicas, garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos».

Además, el régimen sancionador impone multas de 50.000€ por ejercicio a los usuarios que no cumplan con estas nuevas normas.

A partir de la entrada en vigor de las nuevas medidas (11 de octubre de 2021), hay dos nuevas obligaciones muy importantes que se deben cumplir:

1ª) Los programas informáticos deben guardar un registro sistematizado de los cambios que se produzcan en los datos, es decir: Si por ejemplo modificamos un albarán, debe quedar anotado en el programa como estaba el registro antes, cuándo se modificó, por quién y qué cambios se hicieron. Esto no quiere decir que no podamos modificar o eliminar datos, sino que si lo hacemos tiene que quedar un registro informático de lo que hayamos hecho.

  • Esto es lo que se denomina "trazabilidad" de los datos y que en CDI SISTEMAS hemos solucionado implementando un sistema de registro de transacciones, que además otorga al programa más ventajas

2ª) Los usuarios deben garantizar además la conservación de los datos.

  • Para ayudar al cumplimiento de estas nuevas normas, ponemos a disposición de todos nuestros usuarios un servicio de copias automáticas; naturalmente el usuario puede utilizar nuestro servicio u otro a su elección, pero debe utilizar alguno.
  • Si contratas el servicio nosotros nos encargamos de todo para que estés tranquilo, nosotros comprobamos que no hay problemas en las mismas y puedes desatender esa tarea.
  • Nuestra tarifa y más información sobre nuestro sistema de copias de seguridad puede consultarse en el siguiente enlace: CLICK AQUÍ

¿Por qué hay que actualizar el programa?

Las versiones anteriores a CDI Gest (10.0.0) en todas sus modalidades (TPV,LITE,PROFESIONAL,ENTERPRISE) no cuentan con la tecnología de registro de transacciones, y por tanto no cuentan con la trazabilidad de los datos, POR ELLO ES IMPRESCINDIBLE ACTUALIZAR EL PROGRAMA PARA PODER SEGUIR USANDOLO a partir de la entrada en vigor de las nuevas normas (11 de octubre 2021).

La licencia de uso de cualquier versión de CDI Gest previa a la última actualización ha decaído, ya que su uso no es conforme a la ley y naturalmente la licencia de uso está supeditada al cumplimiento a la misma. Por lo cual, no podemos seguir dando soporte a versiones anteriores y es necesario actualizar al nuevo sistema.

Además, la ley ahora establece un vínculo entre los usuarios y los fabricantes y también los distribuidores de los programas informáticos, para estos últimos –fabricantes y distribuidores- también existe un régimen sancionador.

De esta forma, a partir de la entrada en vigor de la nueva ley, los fabricantes de los programas de gestión y contabilidad tenemos responsabilidades derivadas del uso de nuestros productos por parte de los usuarios.

Desde CDI SISTEMAS, nos vemos obligados por ley, a cambiar nuestro sistema de facturación de licencia perpetua, a pasar a un servicio de suscripción mensual/anual, en el que el cliente decide los usuarios y uso de qué programas hacen pagando este servicio.

Dicho servicio incluye:

  • Uso del software suscrito.
  • Actualizaciones periódicas del software, obteniendo todas las nuevas funcionalidades y garantizando que se esté usando la última versión que cumpla todos los requisitos con la ley (como se nos exige).
  • Soporte técnico por sistema de tickets.

Si ya tienes mantenimiento contratado con nosotros, te actualizaremos a la última versión, te formaremos para utilizar nuestro nuevo sistema de suscripciones y pasaremos a facturar por suscripción a partir del 1 de enero de 2022. Trataremos tu caso para presupuestar cómo quedaría el contrato de suscripción.

Si no dispones de mantenimiento y estás utilizando una versión antigua, para estar acorde con la ley y evitar sanciones, has de suscribirte, nosotros te mostraremos cómo y ajustaremos cómo quedaría tu contrato.

En ambos casos, el usuario es libre de elegir si seguir con nuestro sistema o con otro, pero si sigue trabajando con software nuestro no actualizado, nos vemos en la obligación de informar que no está conforme a la ley y no nos hacemos cargo de las consecuencias, ya que dejamos de dar soporte y nuestro software (CDI GEST) está preparado para la nueva ley a partir de su versión 10.0.0.

Puedes consultar la tarifa de CDI Gest (suscripciones) en el siguiente enlace: CLICK AQUÍ

Ponte en contacto con nosotros y te asesoraremos en:

  • Cómo actualizar.
  • Cómo crear tu cuenta, usuarios, empresas en cdicloud.es (nuestra plataforma de soluciones).
  • Cómo registrar los productos.
  • Cómo realizar suscripciones y modos de pago.
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No dudes en ponerte en contacto con nosotros.

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